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Perder el expediente no paraliza la defensa

Publicado en :

obandoysilva@gmail.com

La pérdida de un expediente de cobro coactivo obliga a la Administración a reconstruirlo con diligencia. No justifica prolongar indefinidamente la imposibilidad de ejercer la defensa, según precisó la Corte Constitucional.

El caso surgió de un cobro de cuotas partes pensionales contra el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Existían un recurso pendiente de respuesta, dificultades de acceso al expediente y cuentas bancarias embargadas.

La Corte examinó si esas circunstancias vulneraban el debido proceso y el acceso a la justicia. Explicó que la reconstrucción debe realizarse sin dilaciones injustificadas y permitir que el afectado conozca los documentos y participe en las etapas correspondientes.

Ordenó iniciar la reconstrucción dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación y concluirla sin exceder un mes. También dispuso responder el recurso y adoptar las medidas necesarias para desembargar las cuentas.

La conservación documental y la resolución oportuna de los recursos forman parte de las garantías del cobro.

Corte Constitucional, Sala Quinta de Revisión. (2012, 26 de septiembre). Sentencia T-753/12, expediente T-3.467.796 (Jorge Iván Palacio Palacio, magistrado ponente).