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El garante también tiene derecho a defenderse

Publicado en :

obandoysilva@gmail.com

La DIAN debe garantizar la defensa de los garantes y aseguradoras frente a las obligaciones que pretende cobrarles. Así lo precisó el Consejo de Estado al unificar su jurisprudencia sobre su participación en los procedimientos tributarios.

El problema jurídico consistía en determinar cuándo pueden intervenir quienes garantizan obligaciones ajenas y controvertir los actos que fundamentan su cobro.

La Sección Cuarta estableció que deben ser vinculados a la determinación tributaria cuando los riesgos estén amparados por la garantía. La Administración debe individualizar su responsabilidad y permitirles discutir los documentos que conforman el título.

En el caso concreto, la DIAN notificó una sanción a Seguros Colpatria, pero omitió resolver su recurso de reconsideración porque el contribuyente no había recurrido. La Sala concluyó que la sanción era inoponible a la aseguradora y declaró probada la falta de título ejecutivo.

El tribunal atribuyó efectos hacia el futuro a las nuevas reglas de unificación; resolvió el caso por la vulneración específica del derecho de defensa.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta. (2019, 14 de noviembre). Sentencia de unificación, radicación 25000-23-37-000-2013-00452-01 (23018), SU (Jorge Octavio Ramírez Ramírez, consejero ponente).