Recibir el mandamiento activa la defensa
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El término para presentar excepciones no queda abierto indefinidamente cuando está probado que el ejecutado compareció ante la autoridad y recibió el mandamiento de pago. Esa fue la conclusión de la Sección Cuarta en un proceso de cobro adelantado por la Contraloría de Bogotá.
La controversia giró alrededor de la entrega de copias del expediente. La ejecutada sostenía que no había sido notificada del mandamiento. Sin embargo, el expediente completo contenía una solicitud con constancia firmada de entrega de los folios correspondientes a esa decisión, además de otra solicitud relacionada con el fallo de responsabilidad fiscal.
El problema jurídico consistía en establecer si se había producido una notificación válida y, por tanto, si las excepciones presentadas años después eran oportunas.
La Sala distinguió la denominación utilizada por la autoridad de la forma de notificación que realmente acreditaban las pruebas. Aunque el funcionario había aludido a la «conducta concluyente», el Consejo de Estado no encontró satisfechos sus presupuestos. En cambio, concluyó que hubo notificación personal porque la ejecutada compareció y recibió el mandamiento, con constancia de esa entrega.
La notificación se tuvo por surtida el 28 de enero de 2010. Las excepciones presentadas el 7 de noviembre de 2018 resultaban extemporáneas frente al plazo de quince días previsto en el artículo 830 del Estatuto Tributario. En consecuencia, la Sala confirmó la decisión que negó las pretensiones.
El fallo muestra la importancia de examinar las constancias completas del expediente. La simple solicitud de copias y la recepción acreditada del mandamiento son hechos diferentes. También exige identificar correctamente la modalidad de notificación, pues no toda entrega de documentos debe calificarse como conducta concluyente.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta. (2024, 8 de agosto). Sentencia de segunda instancia, radicación 25000-23-37-000-2020-00044-01 (28107) (Stella Jeannette Carvajal Basto, consejera ponente).
