Qué actos del cobro pueden demandarse
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No todos los actos expedidos dentro de un cobro coactivo pueden demandarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La Sección Cuarta recordó esta distinción al resolver una controversia sobre el impuesto de alumbrado público en Manaure Balcón del Cesar.
La sociedad demandante cuestionó conjuntamente la liquidación del impuesto, varios actos del cobro y la resolución que negó sus excepciones. El problema consistía en determinar cuáles de esas decisiones permitían un pronunciamiento judicial de fondo y si se habían cumplido los requisitos para impugnarlas.
La Sala explicó que el mandamiento de pago es un acto de trámite que inicia la ejecución. Por esa naturaleza, no es susceptible de control judicial directo mediante una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. En cambio, pueden controlarse los actos definitivos que deciden las excepciones, ordenan seguir adelante la ejecución o liquidan el crédito, conforme a las reglas aplicables.
La sentencia también distinguió la determinación del impuesto de su cobro. Un recurso de reconsideración presentado extemporáneamente no satisface el requisito de agotar el recurso obligatorio. Tampoco puede utilizarse el procedimiento coactivo para reabrir cuestiones que debieron discutirse en la etapa de determinación, de acuerdo con el artículo 829-1 del Estatuto Tributario.
En el caso, el Consejo de Estado se inhibió de decidir de fondo sobre la liquidación tributaria y determinados actos de trámite, y negó las pretensiones contra la resolución que rechazó las excepciones.
La decisión exige identificar el acto que se pretende controvertir y utilizar la oportunidad procesal correspondiente. La defensa administrativa frente al mandamiento y el control judicial de las decisiones definitivas cumplen funciones diferentes.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta. (2025, 28 de agosto). Sentencia de segunda instancia, radicación 20001-23-33-000-2020-00471-01 (29635) (Luis Antonio Rodríguez Montaño, consejero ponente).
