La DIAN debe garantizar la defensa de los garantes y aseguradoras frente a las obligaciones que pretende cobrarles. Así lo precisó el Consejo de Estado al unificar su jurisprudencia sobre su participación en los procedimientos tributarios.
La presentación de una demanda contra los actos que constituyen el título ejecutivo puede sustentar una excepción contra el mandamiento de pago sin que sea necesario acreditar su admisión judicial. La Sección Cuarta reiteró este criterio al resolver un litigio entre Emgesa y el municipio de Guachené.
El Consejo de Estado protegió a un contribuyente frente a la práctica de incluir, año tras año, obligaciones antiguas del impuesto predial en nuevas cuentas de cobro. La Sección Cuarta concluyó que el municipio no podía mantener indefinidamente abierta la posibilidad de cobrar mediante la expedición tardía de liquidaciones.
Una rectificación catastral no autoriza, por sí sola, a recalcular el impuesto predial de años anteriores. Así lo reiteró la Sección Cuarta al examinar una reliquidación que el municipio de Dosquebradas practicó a Postobón por las vigencias 2011 a 2020.
La condición de entidad pública no permite utilizar el cobro coactivo para recaudar cualquier obligación. La Sección Cuarta examinó este límite en un proceso iniciado por una empresa social del Estado contra una entidad promotora de salud.
No todos los actos expedidos dentro de un cobro coactivo pueden demandarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La Sección Cuarta recordó esta distinción al resolver una controversia sobre el impuesto de alumbrado público en Manaure Balcón del Cesar.